El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) es un documento técnico obligatorio que certifica el estado de conservación de un edificio, su nivel de accesibilidad y su eficiencia energética. En las Illes Balears, está regulado por la Ley 12/2017 de Urbanismo y por la normativa específica de evaluación de edificaciones residenciales.
¿Cuándo es obligatorio realizar el IEE?
Es obligatorio para todos los edificios de uso residencial con más de 50 años. También se exige en los siguientes casos:
- Cuando se solicita una subvención pública para rehabilitación o eficiencia energética.
- Cuando el edificio sufre deficiencias visibles y es requerido por el ayuntamiento.
- En zonas catalogadas o protegidas por normativa patrimonial.
¿Qué aspectos analiza el IEE?
El IEE se divide en tres bloques esenciales:
- Estado de conservación: fachada, estructura, cubierta, instalaciones.
- Accesibilidad: si el edificio permite el acceso universal y sin barreras.
- Eficiencia energética: consumo del edificio y posibles mejoras.
¿Quién puede redactarlo?
Solo un técnico competente puede realizar el informe: arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero de edificación. Debe estar colegiado y aportar el informe firmado y visado.
¿Qué pasa si no se realiza?
Su ausencia supone una infracción urbanística. El ayuntamiento puede imponer sanciones, impedir la concesión de ayudas o incluso ordenar la ejecución forzosa de las obras necesarias si hay riesgos para la seguridad.
Mac10 se encarga por ti
En Mac10 nos ocupamos de coordinar la inspección, redactar el IEE, registrarlo y, si es necesario, tramitar ayudas y licencias para la rehabilitación. Nuestro equipo técnico conoce a fondo los requerimientos municipales en Baleares, lo que nos permite actuar con rapidez y eficacia.
Si tu edificio tiene más de 50 años, no lo dejes para después. El IEE es una obligación legal... y una oportunidad para mejorar tu edificio.